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Inmuebles desocupados: ¿estoy obligado a mantenerlos mientras busco un inquilino?



  • Dejar de pagar el mantenimiento te puede hacer perder tu propiedad.

  • Al adquirir un inmueble en condominio, infórmate sobre el Régimen Condominal.  

Si ya eres el feliz dueño de una vivienda en un condominio, tienes que saber que hay derechos y obligaciones con los que tienes que cumplir para evitar problemas legales. Un ejemplo de estas obligaciones es el pago de cuotas de mantenimiento aún cuando no habites en esa propiedad. En Inmuebles24 te platicamos sobre esto. 


“Es importante saber que existe una Ley de propiedad de condominio, que es un conjunto de normas que buscan regular la convivencia, seguridad y mantenimiento de conjuntos habitacionales, y allí se establecen las bases para la resolución de conflictos o controversias que puedan presentarse. Adquirir una propiedad también implica estar informado sobre estos temas, por eso es importante tener a un profesional inmobiliario o empresa aliada que nos facilite el proceso”, explica Karla González Montoya, B2C Marketing Manager de Inmuebles24.


Conceptos básicos de la Ley de condominios

  • Condómino: persona física o moral, propietaria de una o más unidades de propiedad privativa que llegue a ser propietario bajo el régimen de propiedad en condominio.

  • Administrador condómino: es un propietario que es nombrado Administrador por la Asamblea General.

  • Administrador profesional: es una persona física o moral con capacidad y conocimientos en administración de condominios y que es contratado por la Asamblea General.

  • Asamblea general: es la máxima autoridad en la toma de decisiones para expresar, discutir y resolver asuntos de interés propio y común y está conformada por condóminos.

  • Cuota ordinaria: cantidad monetaria acordada por la Asamblea General, para sufragar los gastos de administración, mantenimiento, de reserva, operación y servicios no individualizados de uso común.

  • Cuota extraordinaria: cantidad monetaria acordada por la Asamblea General para sufragar los gastos imprevistos o extraordinarios.


De acuerdo con Ana Paula Sainz Fernández, abogada y asesora legal en materia condominal desde hace 9 años, “es forzoso el pago de cuotas porque sirve para la operatividad del condominio, por ejemplo, el mantenimiento de las áreas verdes, para limpieza de albercas, mantenimiento del estacionamiento; si hay vigilancia, pagarle al personal de vigilancia o al conserje; sirve para pagar la electricidad si hay vialidades internas, etc. “


Según Sainz, quien administra condominios en Querétaro, la Asamblea General es la que establece las cuotas de mantenimiento con base en el proyecto de presupuesto de egresos que elaboran el conjunto la Administración con la Mesa Directiva y el Comité de Vigilancia. El proceso ocurre de la siguiente manera:


  • Se presenta a la Asamblea general un desglose de los gastos que van a tener en el año en el ejercicio fiscal correspondiente. 

  • Se hace una propuesta de cuota de mantenimiento que es aprobada en la Asamblea General y es votada por todos los condóminos o por mayoría de votos y es obligatoria para todos los condóminos (disidentes o ausentes).

  • La cuota es obligatoria y debe pagarse en los términos en los que haya sido aprobada. Normalmente deben pagarse en los primeros 5 o 10 días del mes -según lo acordado- y después de esa fecha se genera un recargo moratorio (dispuesto por la AG). 


Qué sucede si adeudas cuotas

“A ningún condómino se le exime de estas cuotas y si deja de pagarlas se le considera condómino moroso, lo que tiene implicaciones legales. A los 6 meses de que se adeude el pago de estas cuotas, el administrador tiene que informar y se contrata a un asesor jurídico para que inicie con el procedimiento correspondiente que podría llegar hasta embargar la unidad privativa al condómino moroso”, detalla la especialista. 


Cabe señalar que cada entidad federativa tiene su propia legislación normativa en la materia. No hay una normatividad federal. 


Como propietario tienes la obligación de mantener al corriente las cuotas de tu inmueble, ya sea que lo pienses rentar o incluso vender. Asesórate con los expertos en la industria inmobiliaria. 



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